CIRCULAR 01 DE 2003
(julio 18)
Diario Oficial No. 45.252, de 18 de julio de 2003
 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
 

PARA: Ministros y Directores de Departamento Administrativo
DE: Secretario Jurídico
Departamento Administrativo Presidencia de la República
 

ASUNTO: Informe al honorable Congreso de la República, Ley 790 de 2002
 

FECHA: 18 de julio de 2003
 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 790 de 2002, la estructura de planta de los Ministerios, los Departamentos Administrativos y los organismos o las entidades públicas del orden nacional tendrán los cargos necesarios para su funcionamiento. En ningún caso los Ministerios, los Departamentos Administrativos y los organismos o las entidades públicas podrán celebrar contratos de prestación de servicios para cumplir de forma permanente las funciones propias de los cargos existentes de conformidad con los decretos de planta respectivos.
 

En el evento en que sea necesario celebrar contratos de prestación de servicios personales, el Ministro o el Director del Departamento Administrativo cabeza del sector respectivo, semestralmente presentará un informe al Congreso sobre el particular.
 

A partir de la entrada en vigencia de la Ley 790, las entidades no podrán celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales, con la finalidad de reemplazar cargos que se supriman dentro del programa de renovación de la administración pública.
 

A efecto de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 17 de la mencionada ley, en relación con el informe que se debe presentar semestralmente sobre los contratos de prestación de servicios que fue necesario celebrar en el organismo cabeza de sector administrativo y las diferentes entidades que lo conforman, solicito sea remitido a más tardar el 30 de julio del año en curso al Congreso de la República.
 

La información deberá contener la relación de contratos suscritos por el organismo cabeza de sector y sus entidades adscritas y vinculadas, debidamente desagregados, señalando las partes contratantes, el objeto del contrato, el valor, la duración y el estudio que originó su celebración.
 

 

Cordialmente,
 

 

El Secretario Jurídico,
CAMILO OSPINA BERNAL.


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 1692-0392, "Compilación de Normas sobre la Administración del Personal al Servicio del Estado", 15 de enero de 2004.
Incluye análisis de vigencia expresa de las principales normas y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 15 de enero de 2004.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional; los fallos de la jurisdicción contencioso administrativa fueron suministrados por el Consejo de Estado; los fallos de la jurisdicción ordinaria fueron suministrados por la Corte Suprema de Justicia. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.