RESOLUCION ORGANICA 05490 DE 2003
(junio 13)
Diario Oficial No. 45.245, de 11 de julio de 2003
 

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
 

Por la cual se modifica el Anexo 25 de la Resolución Orgánica 05289 de noviembre 27 de 2001.
 

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
 

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,
 

CONSIDERANDO:
 

 

Que mediante Resolución Orgánica 05289 de noviembre 27 de 2001, la Contraloría General de la República reglamentó la Rendición de Cuenta, su Revisión y unificó la Información que se presenta a la Contraloría General de la República;
 

Que la Resolución Orgánica 05289 de noviembre 27 de 2001, en su artículo 10, preceptúa que los representantes legales de los sujetos de control de que trata el único inciso del artículo 1o (primero), de la mencionada resolución, cuando culminen su gestión fiscal o cuando por vacancia definitiva se produzca un encargo, deberán rendir un informe de gestión, conforme a lo establecido en el título VIII;
 

Que conforme a lo establecido en el título VIII; artículo 77, de la Resolución Orgánica 05289 de noviembre 27 de 2001, los representantes legales de los sujetos de control de la Contraloría General de la República, deben presentar un informe al culminar su gestión, con base en el anexo 25, de la mencionada resolución;
 

Que se hace necesario modificar el anexo 25 de la Resolución 5289 de noviembre 27 de 2001, respecto a la información que deben presentar los representantes legales al culminar su gestión, o quienes actúen por encargo cuando exista vacancia definitiva;
 

Que se hace necesario distinguir la información que se debe rendir al culminar la gestión para quienes actúen con un encargo, en un tiempo inferior a un mes o superior a este,
 

RESUELVE:
 

 

ARTÍCULO 1o. Modificar el Anexo 25. Informe de rendición de cuenta al culminar la gestión, el cual quedará así:
 

ANEXO NUMERO 25
 

Informe de rendición de cuenta al culminar la gestión
 

A. El presente anexo contiene la información que deben presentar los representantes legales al culminar su gestión, o quienes por vacancia definitiva actúen por encargo superior a un mes, conforme a los siguientes aspectos:
 

1. Período que cubre:
 

Se debe mencionar, que la información está comprendida por el tiempo efectivamente laborado por el responsable, correspondiente a la vigencia siguiente de la última rendición de cuenta anual consolidada.
 

2. Situación financiera:
 

Es el análisis financiero que permite establecer a la fecha del informe, el estado actual de la entidad en cuanto a: porcentaje global de ejecución presupuestal, liquidez, endeudamiento, rentabilidad y superávit o déficit.
 

NOTA: Los a nteriores conceptos aplicarán dependiendo de la naturaleza jurídica de la entidad.
 

3. Análisis de gestión
 

3.1 Planes operativos
 

Hace referencia al estado de avance, en el período informado, de los planes operativos formulados dentro del marco del plan estratégico, puntualizando un análisis entre el tiempo programado y el realmente ejecutado junto con sus observaciones.
 

3.2 Proyectos de inversión
 

Hace referencia al estado de avance de los principales proyectos de Inversión, puntualizando un análisis entre el tiempo programado y el realmente ejecutado junto con sus observaciones.
 

3.3 Información contractual
 

Hace referencia a una relación de los contratos que hayan sido suscritos en el período especificando: Clase de contrato, nombre del contratista y valor.
 

3.4 Concepto misional
 

Hace referencia al concepto propio del representante legal sobre la calidad, efectividad, oportunidad y cobertura en el cumplimiento de la misión y objetivos de la entidad, a la fecha de su retiro.
 

3.5 Información sobre el Plan de Mejoramiento
 

Es la descripción de una manera general, sobre el avance del plan de mejoramiento a la fecha de su retiro. (En caso de que se haya formulado).
 

3.6 Concepto sobre el Sistema de Control Interno
 

Hace referencia al concepto propio del representante legal sobre el desarrollo y efectividad del Sistema de Control Interno a la fecha de su retiro.
 

B. Quienes actúen por encargo igual o inferior a un mes, al culminar su gestión deben presentar un informe sobre los siguientes aspectos:
 

1. Período que cubre:
 

Se debe mencionar, que la información está comprendida por el tiempo efectivamente laborado por el responsable, correspondiente a la vigencia siguiente de la última rendición de cuenta anual consolidada.
 

2. Situación financiera:
 

Informe de la ejecución presupuestal durante el período de encargo, comparándolo con esa ejecución hasta la fecha en que se inicia el mismo y con el período presupuestal faltante para culminar la respectiva vigencia.
 

3. Análisis de gestión
 

3.1 Proyectos de inversión y planes operativos
 

Hace referencia al estado de avance, en el período informado, de los principales proyectos de Inversión y de los planes operativos formulados dentro del marco del plan estratégico, cuando hubiere formulación o modificación a los mismos.
 

3.2 Información contractual
 

Hace referencia a una relación de los contratos que hayan sido suscritos en el período informado, especificando: Clase de contrato, objeto, nombre del contratista, valor y pago de anticipo si los hubo.
 

3.3 Información sobre el Plan de Mejoramiento
 

Es la descripción de una manera general, sobre el avance del plan de mejoramiento a la fecha de su retiro, si se realizaron avances en este sentido
 

ARTÍCULO 2o. DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolu ción modifica el anexo 25 de la Resolución Orgánica número 5289 de noviembre 27 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación.
 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2003.
 

 

El Contralor General de la República,
ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA.


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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 1692-0392, "Compilación de Normas sobre la Administración del Personal al Servicio del Estado", 15 de enero de 2004.
Incluye análisis de vigencia expresa de las principales normas y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 15 de enero de 2004.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional; los fallos de la jurisdicción contencioso administrativa fueron suministrados por el Consejo de Estado; los fallos de la jurisdicción ordinaria fueron suministrados por la Corte Suprema de Justicia. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.